La prisión preventiva oficiosa es una figura inconvencional y violatoria de derechos humanos. Es inconvencional porque contradice las obligaciones asumidas por el Estado mexicano en tratados internacionales, en particular la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establece estándares sobre libertad personal, presunción de inocencia y control judicial de las medidas cautelares. Además, cuando se impone automáticamente antes del juicio y sin debate individualizado sobre su finalidad, necesidad e idoneidad, deviene inconstitucional en su aplicación concreta. No se trata sólo de una objeción de política criminal, sino de una crítica jurídica a una medida que restringe la libertad como si se tratara de una sanción anticipada.
La prisión preventiva oficiosa en México es una medida que se aplica automáticamente en ciertos delitos, sin que el juez evalúe cada caso. Esta figura ha sido ampliamente cuestionada por su posible violación a derechos humanos como la libertad personal y la presunción de inocencia.